Si ha estado en situaciones incómodas por motivo de deudas este artículo es para usted, no deje de leer las 5 Cosas que los Cobradores de Deuda tienen Prohibido Hacer.
Revise con detenimiento todas estas actuaciones de las agencias de cobranza respecto a los deudores y así evitará caer en sus manipulaciones. Aproveche la información que traemos en esta oportunidad.
Tabla de Contenidos
5 Cosas que los Cobradores de Deuda tienen Prohibido Hacer
La Ley de Prácticas Justas para la Recaudación de Deudas (FDCPA) regula como las deudas deben ser cobradas por los cobradores autorizados y establece los derechos de los deudores.
Esta ley rige la recolección de pagos de las deudas personales que tienen que ver con los créditos para viviendas, facturas médicas, tarjetas de créditos, facturas de automóvil, entre otras. Esta ley no interviene en la administración de los procedimientos sobre deudas de negocios.
Las agencias de cobro van a tratar de ubicarlo y después van a utilizar métodos persuasivos para que pague la deuda. Cuando las deudas son trasladadas a las agencias de cobranza ya no hay más relación con el agente original.
Aunque su deuda exista y tenga que pagarla, usted también tiene derechos y otras alternativas para salir del problema. En caso de no poder pagar todo el monto de la deuda, puede conciliar y lograr un proceso de negociación de deuda y pedir rebajas o llegar a un acuerdo de pago incluso sin intereses.
A continuación en las siguientes secciones puede identificar cada una de las 5 cosas que los cobradores de Deuda tienen prohibido hacer.
Se encargan de amenazar al deudor con ser arrestado
Las distintas agencias de cobro no pueden hacer ningún tipo de amenazas hacia el deudor y decirle la deuda que puedan tener y de no pagar van a quedar bajo arresto.
Estos especialistas tienen totalmente prohibido indicar falsamente a los prestatarios que cometieron delito y que, además, que van a perder su libertad a menos que hagan el pago de forma inmediato.
Las agencias oficiales de cobranza no pueden dar ningún tipo de órdenes de arresto, mucho menos hacer que encarcelen a un deudor. El hecho de no pagar una deuda de una cuota de un préstamo de vehículos, una factura médica, una deuda de la tarjeta de crédito, en el plazo correspondiente no es motivo suficiente para llevar a una persona a la prisión.
Ahora bien, si usted como deudor recibe una orden legal de acudir ante un tribunal por un asunto que esté relacionado con alguna deuda que tenga pendiente y no se presenta. Entonces, el juez puede emitir una orden de arresto por desacato.
Existen algunas deudas pueden terminar con un castigo punitivo, como por ejemplo, si no paga una multa judicial relacionada con la deuda, se niega al pago de los impuestos, o no quiere pasar la manutención de sus hijos menores de edad. En estos casos mencionados, si puede llegar a parar a la cárcel.
Avergüenzan al deudor en público
Siguiendo la línea respecto a aquello cosas que jamás pueden hacer los cobradores o las agencias de cobro, es buscar avergonzar a un deudor de manera pública y coaccionar para que haga el pago del dinero que adeuda.
Ni siquiera puede contactarle por medio de la tarjeta postal, ya que la información que contiene puede llegar a ojos de otras personas que laboran en el correo. Igualmente, no pueden publicar los nombres de las personas que le deben dinero ni hablar al respecto con un tercero que no sea el deudor, su cónyuge o su abogado.
Anteriormente, las agencias de cobranza hacían pública el listado de nombres de deudores. No obstante, esta práctica también, está prohibida. Los cobradores únicamente pueden compartir sus datos con las agencias de crédito.
Lo que sí tienen permitido hacer las oficinas de cobranza y sus empleados es contactar a terceras personas para localizarle. Únicamente, pueden solicitar la dirección de domicilio, número telefónico o dirección de trabajo. En cualquier caso, no pueden contactarlo más de una vez.
Se vuelven acosadores
La ley determina que ciertas conductas y comportamientos pueden ser calificados como acoso de parte del cobrador de deudas. Entre estas conductas están las que se mencionan a continuación:
- Comunicarse de forma repetida, continua hasta llegar al cansancio.
- Además, usar un lenguaje inmoral, obsceno y profano. En estos casos pueden llegar a ser demandados.
- Hablar de forma fuerte, algunas agencias de cobranza con frecuencia usan un lenguaje abusivo cuando se dirigen al deudor.
- Hacer amenazas violentas o decirle que resultará lastimado.
- Llamarlo al centro de trabajo luego que se lo haya prohibido por escrito.
- Asimismo, llamarle antes de las 8:00 a.m. o luego, de las 9:00 p.m. sin su debida autorización.
- Volver a comunicarse con usted, una vez que le ha informado de forma escrita, que no lo haga y que cualquier información que deba decirle lo haga con su abogado.
La única forma en la que un cobrador de deuda pueda comunicarse con usted después de la prohibición, es para decirle que ya no le buscarán más o que han presentado una demanda en su contra.
Se recomienda que en caso de recibir una citación judicial por una demanda interpuesta por la deuda que tiene, no la ignore. Debe encargarse de verificar si es real, existen algunos casos de agencias de cobranza que falsifican las citaciones judiciales para obligar al deudor a pagar.
Debe entonces, buscar la información de contacto del tribunal online, no la que tenga el aviso que le enviaron. Luego, comuníquese de forma inmediata con ellos para hacer la confirmación de la cita o demanda en cuestión.
Cobran al deudor más del monto que debe
Ciertas agencias de cobranza y sus empleados tratan aun sabiendo que no es correcto, darle información equivocada respecto al monto total de su deuda. Esto lo hacen para tratar de conseguir más dinero del deudor.
Tenga en cuenta que el acreedor con quien originalmente tenía la deuda, pudo haber vendido su deuda a una agencia de cobranza. Asimismo, esa agencia pudo hacerlo también a otra agencia de cobranza. Por lo tanto pueden ocurrir errores en toda esta travesía de la deuda, o que se aplique otra cantidad de intereses por mora entre otros.
Esto es más común de lo que pueda imaginarse y en ocasiones pudiera explicar el por qué esa agencia de cobro le dice que debe más dinero del que realmente tiene por deuda.
También, puede ocurrir que estén tratando de cobrarle una deuda que ya fue cancelada en bancarrota, o una deuda de otra persona, que tiene un nombre muy similar al suyo. Sin embargo, siempre existen maneras de aclarar esto.
Dentro de los cinco días siguientes al contacto inicial que haga el cobrador, debe enviarle un aviso por escrito que indique lo siguiente:
- Cuánto debe.
- A quién se le debe.
- Cómo hacer su pago.
En caso de no estar seguro de que adeuda ese monto, debe enviar una comunicación al cobrador por correo certificado con el respectivo acuse de recibo solicitándole mayor información. Tiene que cuidarse, no asuma deuda ni le haga entender a la agencia de cobro que la reconoce como suya.
El Buró de Protección Financiera al Consumidor cuenta con una banca con modelos de cartas que puede usar para escribirle a la agencia de cobranza. De esta forma evita decir algo incorrecto o que pueda comprometerlo. Haga la consulta de los modelos de carta por este enlace.
Se hacen pasar por trabajadores de algún organismo gubernamental
Asimismo, tampoco pueden afirmar y decir al deudor que están trabajando para una agencia de informes al consumidor, es decir, un buró de crédito.
Todos los cobradores de deudas no se rigen por la Fair Debt Collection Practices Act (FDCPA). Existe una excepción en la aplicación de la FDCPA e incide en los cobradores internos, que no están supeditados a sus regulaciones.
Esto significa que si tiene un retraso de una factura. Por ejemplo de la empresa JCPenney un empleado le llama directamente, no tiene que seguir las reglas que rigen a una agencia de cobranza externa.
Generalmente, la mayoría de cobradores internos únicamente contactan a los deudores en el caso de una deuda con semanas o meses de atraso. Luego, de que esto suceda existe la posibilidad que ellos contacten una agencia de cobros para gestionar la deuda en su nombre. También, la pueden vender a un comprador de deudas que, a su vez, se quede con lo que recaude.
Finalizada la lectura de las 5 Cosas que los Cobradores de Deuda tienen prohibido hacer. Esperamos, que le haya sido de gran utilidad y evite pasar por situaciones similares a las expuestas.